La persona con enfermedad de Alzheimer va a presentar un deterioro en sus capacidades cognitivas que le impedirá decidir correctamente sobre asuntos importantes que le afecten a su persona y a sus bienes.
En estos casos de imposibilidad o dificultad para su autogobierno, el enfermo de Alzheimer puede provocar situaciones peligrosas en la vida cotidiana, tales como dejar el gas abierto, tomar erróneamente un medicamento, derrochar el dinero. Por ello, es necesario que alguien asuma estas responsabilidades a las que el enfermo no puede responder, es en este momento cuando se debe iniciar la incapacitación legal y el nombramiento de un tutor legal y administrador de sus bienes.
La incapacitación de una persona se considera como una medida de protección y amparo hacia las personas con falta de autogobierno debido a deficiencias físicas y psíquicas persistentes.
La incapacitación intenta potenciar al máximo las medidas de protección hacia los enfermos con Alzheimer y al mismo tiempo ofrecer las máximas garantías a éste y a su familia para defender y ejercitar sus derechos.
El proceso de incapacitación lo puede iniciar los familiares, quienes deben estar informados sobre la conveniencia de la incapacitación, ya que con ello se busca siempre el beneficio de la persona afectada.
La tramitación de una incapacitación se realiza mediante una declaración judicial de incapacidad, para lo cual es necesario iniciar una demanda mediante abogado y procurador.
Ahora bien, los familiares no deben alarmarse ante este proceso: “es una solicitud que la familia cursa para implantar un sistema de protección especial para el enfermo”.
La incapacitación judicial es el único medio que existe para reconocer y declarar la limitación o la inexistencia de la capacidad jurídica y de la capacidad de obrar, siempre que tenga su origen en determinadas enfermedades de tipo físico o psíquico.
En la sentencia judicial, se delimita el alcance y grado de la incapacidad, qué actos puede realizar la persona y cuáles deben de ser representados.
En resumen, la incapacidad es la anulación o limitación de la capacidad de obrar de una persona para dar lugar a que actúen las instituciones de protección y asistencia que ofrece el Derecho.
La Ley de Enjuiciamiento Civil, en los artículos 748 y siguientes, regula el procedimiento judicial de las incapacidades.
RECUERDE
Para mayor información, puede dirigirse al Centro de Servicios Sociales correspondiente a su distrito, a través del Servicio de Orientación Jurídica.
Fuente: http://www.imsersomayores.csic.es/documentos/documentos/munimadrid-guiaalzheimer-01.pdf






